domingo, 30 de octubre de 2011

Errores contables en la banca europea

Podemos concretar que más que en la banca europea, los errores contables se han dado en la banca alemana, que contabilizó mal la cantidad de cincuenta y cinco mil millones de Euros, si, cincuenta y cinco mil, lo ponemos en letras para que quede más claro que en cifras (que serian 55.000.000,00 Euros) de activos tóxicos mal contabilizados en el “banco malo” alemán controlado por el estado, el FMS Wertmanagement.

Lo que sorprende un poco de la noticia es que un error contable de esta magnitud, decimos error contable porque en todas las noticias que hemos visto se habla de que se trata de un fallo contable, podría parecer que se debería quizás a una equivocación en las interpretación o en la aplicación en las NIC (normas internacionales de contabilidad) , pero , por lo que se vé , se trata de un error de doble escritura de crédito en el balance, o sea, un error contable de toda la vida

Pues nada, esperemos que este error en la contabilidad no se dé ahora en sentido contrario.

jueves, 23 de junio de 2011

Encontrar trabajo de contable

Quizás más que enfocar este post como “como encontrar trabajo de contable”, tendríamos que enfocarlo mejor como “como puede encontrar la empresa personal cualificado y eficiente para sus áreas contables o de gestión” , ya que , a nuestro entender, la llevanza de la contabilidad no es solo un registro legal de las operaciones de la empresa, sino que es uno de los factores claves para la correcta gestión de una empresa, en este sentido pensamos que tiene que ser un principal trabajo de director recursos humanos el encontrar personal de estas áreas idóneo para la empresa en concreto de que se trate.


Y , como no, si queréis encontrar trabajo como contable, director financiero, controller, etc (todas estas posiciones tendrían que ser buenas conocedoras del plan contable), hay varias posibilidades como estar pendiente de las ofertas de empleo que se vayan publicando en la prensa especializada o general , o tener la suerte que os seleccionen unos buenos cazatalentos ( o headhunters en su denominación en inglés que suele ser más utilizada) o , estar pendientes de las ofertas, aparte de las de la prensa económica o de las ofertas que aparezcan en la prensa general como hemos comentado, que vayan surgiendo en nuestro entorno inmediato, no en vano hasta hace poco, se leían artículos donde se comentaba que la principal manera para encontrar trabajo , eran los contactos directos del propio entorno. Por lo tanto, sea para encontrar trabajo de contable, director financiero , controller o lo que sea, hay que estar atento a los propios contactos, al llamado networking, de nuestro entorno profesional e incluso familiar y profesional.

lunes, 18 de octubre de 2010

Formular Cuentas Anuales Consolidadas con el nuevo plan

¡Ya podemos formular Cuentas Anuales Consolidadas!, o sea, hacer la consolidación contable con el nuevo plan generla contable o npgc.

Como ustedes sabrán, recientemente el Ministerio de Economia y Hacienda aprobó (bueno, lo aprobó el Consejo de Ministros) el Real Decreto por el que se aprueban las Normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado
por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.

El decreto en cuestión regula las normas que van a servir para formular Cuentas Anuales Consolidadas de los grupos de sociedades que se van a estructurar en seis capítulos relativos a perimetro o dominios, métodos, normas o de la elaboración de las propias Cuentas Anuales Consolidadas, como había sido hasta ahora, en concreto:

– Sujetos de la consolidación.
– Obligación de consolidar, métodos de consolidación y procedimiento de puesta en equivalencia.
– Método de integración global.
– Método de integración proporcional y procedimiento de puesta en equivalencia.
– Otras normas aplicables a la consolidación.
– Cuentas anuales consolidadas.

Enlace al Decreto:

Real Decreto 14261 del BOE del 24 de septiembre

O copiando la URL:

http://boe.es/boe/dias/2010/09/24/pdfs/BOE-A-2010-14621.pdf


Si no sabiamos como formularlas, por lo menos por lo que respecta a legislación ya podremos, otra cosa es que la cosa sea fácil.

viernes, 2 de julio de 2010

Presentar las cuentas anuales telemáticamente

Como sabéis todos los que os dedicáis al ámbito contable o que vuestro trabajo diario está relacionado con la contabilidad , con el nuevo plan contable a la hora de la verdad las decisiones de cómo tienen que ser las cuentas anuales (recordemos que pueden llegar a ser la cuenta de pérdidas y ganancias, el balance de situación, el estado de cambios en el patrimonio neto, el EFE (en microempresa pyme no) o estado de flujos de efectivo) las ha tomado en la práctica el registro mercantil más que el propio ICAC. Como se acerca la fecha del plazo máximo (31 de julio) de presentar las cuentas anuales en el registro mercantil, aunque como sabéis si no se presentan de momento no hay sanción, lo cual pensamos que es para favorecer que se presenten aunque sea fuera de plazo, la idea debe ser que nos aproximemos a entornos como el americano donde las empresas tienen interés en publicar su información contable o económica favoreciendo así una mayor transparencia del mercado, recordemos que una de las manera de presentar dichas cuentas anuales es telemáticamente, lo cual por lo menos es más cómodo, aunque después de la presentación telemática de las cuentas anuales haya que desplazarse físicamente alguna vez al registro mercantil a presentar o recoger documentación como la certificación del acta de junta o el comprobante final, pongamos por caso.

Para presentar las cuentas anuales telemáticamente:
Registradores.org

viernes, 20 de noviembre de 2009

Consultas del ICAC sobre el Plan Contable

Vamos a hablar sobre las consultas aparecidas en el Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (o sea el BOICAC del ICAC, ya en plan cacofónico) .

Desde que se aprobó el nuevo plan contable (NPGC para los conocidos) en el BOE del martes 20 de noviembre de 2007 a través del Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre por el que se aprobaba el Plan General de Contabilidad, han sido múltiples las situaciones en las cuales se han generado dudas en la aplicación del mismo, bien sea, porqué los contables, asesores, auditores, etc, tenemos por costumbre “mental” aún el pensar en términos del plan antiguo , bien sea porque realmente el nuevo plan es más “abierto” en algunos aspectos respecto a la interpretación que se puede hacer de su normativa o bien sea porque hay diferencias entre las NIC y el nuevo plan que hacen que las dudas se produzcan. En este sentido, el Icac ha recibido desde el inicio multitud de consultas con dudas que plantean diferentes entidades sobre cómo aplicar el plan en un supuesto u otro, en este par de post, sólo se pretende relacionar algunas de las consultas hechas al Icac y que este ha respondido, teniendo en cuenta siempre , que por lo que parece, estos señores del Icac , no responden de manera abierta a una pregunta, sino que hay que preguntar formulando ( o por lo menos planteando) también la respuesta y después los señores (y señoras, suponemos) del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas del Ministerio de Economía y Hacienda responden ajustándose a lo preguntado por lo que , a veces, es difícil trasladar las respuestas a casos más generales, de hecho estas consultas no son norma en si, sino que son interpretativas. Para consultar, valga la redundancia, las consultas en cuestión se puede hacer desde la web de la institución aquí:

Consulta respondida en junio de 2008 al Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España sobre escisión financiera, es decir, acciones (aunque sería aplicable a cualquier activo) que van a parar a otra empresa, que si es nueva si es del grupo hay que aplicar la norma de valoración 21 (de la parte de normas de registro y valoración, la 21 en concreto es sobre operaciones entre empresas del grupo) y si es una empresa existente , aunque tengamos el control, no sería de aplicación la norma 21 sino la norma 9 sobre instrumentos financieros.

Seguimos con más posts sobre la cuestión pronto.

Un enlace:
mejor depósito

martes, 31 de marzo de 2009

NORMA DE VALORACIÓN 13 SOBRE EL IMPUESTO DE BENEFICIOS - I

Vamos a hacer algunas reflexiones y anotaciones sobre esta norma de valoración que tiene que ver con el impuesto de sociedades.

Ojo que en el caso de empresarios individuales no tiene que constar ningún importe en la rúbrica del impuesto de beneficios, a final de ejercicio los pagos a cuenta que hubiera, se traspasan a la cuenta del titular de la empresa

Vamos a ver si nos enteramos algo de que es esto de las diferencias temporarias famosas.

Con el nuevo plan tendremos que habrá diferencias temporarias que serán diferencias temporales y otras que serán permanentes. Habrá diferencias permanentes que no serán temporarias y , por el contrario, todas la diferencias temporales serán temporarias. O sea, un lío.

El efecto impositivo: A efectos contables, el impuesto de beneficios, se basa en que es un gasto del ejercicio y en el principio de devengo (es decir, no según la cuota pagada). El efecto impositivo sucede por las diferentes repercusiones de las operaciones económicas (visión contable y visión fiscal).

El nuevo plan para contabilizar el efecto impositivo, se base en el balance, es decir, ve las diferencias entre las valoraciones contables (mercantiles) y fiscales de los elementos de activo y pasivo exigible. Se crean unas diferencias que se llaman TEMPORARIAS. Las diferencias permanentes, no es que desaparezcan pero se obtiene de forma residual.

La DIFERENCIAS TEMPORARIAS se producen normalmente por la existencia de diferencias temporales entre la base imponible y el resultado contable antes de impuestos. Estas se producen por los diferentes criterios de imputación temporal utilizados para calcular ambas cifras. Como ejemplos, tendríamos las cuotas de amortización o depreciación contables diferentes a las fiscales o ingresos financieros, que fiscalmente se computaran según cuando se cobren.

Otra manera por la que pueden surgir las diferencias temporarias , es por operaciones que no han pasado por la cuenta de resultados, cómo por ejemplo:
-Cuando en una combinación de negocios, se reconoce el valor de activos y pasivos a valor contable, siendo este diferente del valor fiscal. O en la valoración inicial de un elemento cuando se produzca también esa diferencia de valores, aún cuando el elemento no proceda de la combinación de negocios.
-Ingresos y gastos relacionados con el patrimonio neto que no se computan en la base imponible.

Definición de Impuesto corriente: Cantidad que satisface la empresa como resultado de la liquidación fiscal del impuesto. Serán menor importe del impuesto corriente , las deducciones, excluidas retenciones y pagos a cuenta, pérdidas fiscales a compensar de ejercicios anteriores aplicadas en este. Si la cantidad es a pagar será un pasivo y si es a recuperar , un activo.

El gasto / ingreso por impuesto de beneficios tiene dos componentes: El Gasto/ Ingreso por impuesto corriente y el gasto / ingreso por impuesto diferido.

Seguimos otro rato...

jueves, 1 de enero de 2009

Actualizados enlaces para descargar el pgc desde el ICAC

Hola. He actualizado los links o enlaces que hay al principio, al pie, de la página para descargar desde el Icac (Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas del Ministerio de Economía y Hacienda) tanto el plan en verión normal como el de aplicación para pequeñas y medianas empresas. Estos del Icac , ¡no sé porque lo cambian!, porque cambian la direcció url donde tienen puestos los planes, total si la normativa sigue vigente desde que salió que la pongan en un apartado claro de su web y que no la muevan ¿no os parece? .
Bueno feliz año nuevo y que no nos pongamos nerviosos con el primer cierre de ejercicio que tendremos que hacer con la nueva normativa de la contabilidad la imensa mayoría de las empresas.

Actualizamos en 2011 y os ponemos los enlaces aquí , que la parte de abajo del blog ya no ssabemos porqué no se vé:
Descargar plan contable
Descargar plan contable pyme