martes, 25 de noviembre de 2008

Nueva implantación

Ya vamos tarde pero si no se ha hecho aún, hay que hacer:
-Baja de activos y pasivos que no cumplan con requisitos nuevo pgc (Ej: Gastos constitución)
-Altas de activos y pasivos que el nuevo pgc exige que sean alta, ejemplo los rentings.
-Reclasificaciones de elementos del balance mal colocados, ejemplo los leasings.
-Valoraciones, de los activos con las nuevas normas. Es una opción o otra dejar los valores como están que es lo que hace todo el mundo. Excepto lo que tenga que ir a valor razonable, como los activos financieros, cartera de acciones o obligaciones, hay que decidir en que cartera va. disponible para la venta y de negociación)
-Dar información en la memoria del impacto que tiene la movida.
-Los activos que se den de baja van contra reservas,( no dice cual, se puede crear una que no exista como la 116 por ejemplo reservas por 1ª transición o algo así) excepto que vaya ligado con un pasivo.
-Las altas de activos y pasivos si hay contra reservas (si no son mutuas).
-Diferencias de cambio no realizadas 135 o 136 , se quitan contra reservas, afecta a lo fiscal.
-Renting , los que tuviéramos a finales del 07 hay que darlos de alta el 1/8 en inmovilizado por su valor de coste al comprar, dar de alta las cuotas pendientes por pagar,. Dar alta de la 28x AAIM i la diferencia contra las reservas de primera implantación, la diferencia tendría que ser pequeña porque la vida del contrato sería como la del activo.
Tendremos en el activo los bienes de los que disponemos como si tuviera la propiedad.

En la memoria del 2008 hay que poner el impacto patrimonial del 31/12/07 al 01/01/08
El Icac dice que en principio los ajustes tendrian que quedar registrados en el libro diario (Consulta 2 Boletin Icac 1er trimestre 2008).



Nota: En el nuevo plan lo que hay es mucho cambio de concepto, por ejemplo un préstamo a tipo de interés cero no es un préstamo, es una subvención en parte por los intereses en condiciones de mercado, habría que descontarlo para encontrar el valor actual. Si el préstamo es por parte de un socio los intereses son fondos propios y van a gasto que no será fiscalmente deducible.
Os ponemos aquí unos enlaces de temas diversos, por si los quereis visitar:

No hay comentarios: